El ferrocarril

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Esquema de las constituciones del siglo XIX



Constitución de 1834

- Se trata de una carta otorgada.

- Combina la tradición y novedades.

- Su objetivo fundamental era la de estructurar y sentar las bases del funcionamiento de las Cortes.

- Soberanía compartida por las Cortes y el rey: sistema bicameral:

a) Cámara de Próceres: compuesta por personas designadas por el monarca.

b) Cámara de Procuradores: elegidos por sufragio restringido.

- Es extremadamente moderada y con muchas limitaciones para ser un verdadero sistema constitucional.

Constitución de

1812

- En 1836 se vuelve a proclamar esta constitución.


Constitución de 1837

- Se presenta como una reforma de la constitución de 1812.

- Tiene una extensión media.

- En ella se combinan principios progresistas y moderados:

a) Progresistas: proclamación de la soberanía nacional y se amplían los derechos y libertades fundamentales.

b) Moderados: las cortes se estructuran según el modelo parlamentario francés, dividiéndose en dos cámaras: el Congreso y el Senado.

- Aunque es un texto elástico, apto para moderados y progresistas, el incumplimiento de ciertos artículos hace que esta constitución sea sustituida por otra.

Constitución de 1845

- Con ella se impone la ideología, las instituciones y el orden de los moderados.

-En ella se negaba la soberanía nacional y el poder constituyente del pueblo.

- Reforzamiento del poder de la corona.

- Bravo Murillo intentó sustituirla, para volver al espíritu del Estatuto Real, pero no tuvo éxito.

- Hubo otro intento de reforma en 1853.

Constitución de 1856 (non nata)

- No llegó a estar vigente, pero es importante porque recoge los principios esenciales del progresismo español.

Constitución de 1869

- Es considerada la primera constitución democrática de nuestra historia.

- Tiene una extensión media: consta de un preámbulo, 112 artículos y dos disposiciones transitorias.

- Es de origen popular.

- Es rígida.

- Sus principios básicos son la soberanía nacional y la división de poderes.

- Mantiene el bicameralismo.

- El poder legislativo resulta más fortalecido.

- Representa un liberalismo radical.



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Crucigrama del Estado Liberal

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Eje cronológico de la actividad política española

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